Vie. Nov 28th, 2025

El magistrado del Tribunal Supremo Leopoldo Puente ha acordado este jueves el ingreso de José Luis Ábalos y Koldo García en prisión provisional sin fianza. Lo ha hecho a petición de la Fiscalía Anticorrupción y las acusaciones populares del caso Koldo, al apreciar un riesgo de fuga «extremo». En su escrito, Puente subraya que existen indicios «más que bastantes» de que ambos han cometido «graves hechos delictivos».

Incide también en el «posible riesgo de que dichos acusados pudieran sustraerse de la acción de la justicia». Este riesgo «no puede conjurarse con el simple mantenimiento de las medidas cautelares» que pesaban sobre Ábalos y García: la retirada de sus pasaportes y la obligación de comparecer cada 15 días en el juzgado. Es necesaria la prisión, tal y como ha concluido el juez.

Con esta decisión, Ábalos se convierte en el primer diputado en activo que ingresa en la cárcel mientras mantiene su escaño. En el escrito en el que se refiere al exministro, el juez acuerda informar a «la presidenta del Congreso de los Diputados» de la resolución adoptada.

Existen tres hitos que justifican la cárcel, expone el magistrado en su escrito. El primero es el procesamiento de Ábalos y Koldo García, acordado el 3 de noviembre. Después están «los escritos de acusación», en los que se atribuye a los procesados «sendos graves delitos» y se piden altas penas de cárcel. Anticorrupción solicita 24 años de cárcel para el exministro y 19 años y medio para García. Las acusaciones solicitan 30 años para cada uno de ellos.

Estas dos circunstancias hacen que el juez vea incrementado el riesgo de que Ábalos y Koldo García se fuguen de la justicia. Así lo apunta el magistrado, y añade que en el mejor de los casos, si se condenara a Ábalos por los delitos que le atribuye la Fiscalía, la pena de cumplimiento efectivo sumaría doce años y medio de prisión.

El tercer hito está relacionado con el aforamiento de Ábalos. Dado que este es diputado, «previsiblemente» el juicio será celebrado «en apenas unos meses». De modo que la prisión provisional no superará «ese relativamente breve periodo de tiempo».

Por todo ello, el juez ha acordado enviar a prisión al ex número tres del PSOE y a quien fuera su ‘hombre para todo’, pese a que ambos han negado que tengan intención de huir del país.

El juez no cree que, como defiende Ábalos, el salario de diputado del exministro le vincule «de manera estable» a España, dado que este podría disponer de «recursos económicos bastantes» aún no detectados «para emprender y sostener la fuga». A Puente, además, le parece «más que evidente» que Ábalos cuenta con contactos «internacionales» que podrían facilitar su huida.

Durante la vista de este jueves, el letrado de Ábalos ha señalado que el ingreso de su representado en la cárcel vulnera «el derecho a la participación política» de sus votantes. Después, el propio exministro ha tomado la palabra para asegurar que no tiene intención de fugarse, que tiene arraigo y que su economía no le permite huir. «No tengo a dónde ir», ha subrayado. Sus alegaciones no han convencido al juez.

La abogada de Koldo García, Leticia de la Hoz, ha negado también que su cliente tenga intención de sustraerse de la justicia. La letrada ha incidido en que su representado tiene una hija de cinco años, está casado, tiene hermanos y una madre a la que atiende, haciendo ver así que García tiene «arraigo» en España. Al juez, en su contestación, apunta que si el exasesor escapase del país «cualquiera de dichos familiares podría desplazarse a su encuentro». Y añade que es posible que Koldo García prefiera «separarse temporalmente de su familia con el propósito de eludir» un escenario «personalmente muy desfavorable». 

La decisión de este jueves implica un cambio de posición en las posturas del juez y el fiscal jefe de Anticorrupción. Hasta ahora, ambos han considerado que la retirada del pasaporte, la prohibición de salir del país y la obligación de comparecer quincenalmente en el juzgado eran medidas cautelares suficientes para que Koldo García y José Luis Ábalos permitiesen el correcto funcionamiento del proceso penal.

No obstante, la situación ha cambiado. Todo parte de la decisión que tomó el juez Leopoldo Puente en su auto del 23 de septiembre, en el que acordó separar en dos piezas el caso Koldo. Una para abordar la trama de las mascarillas, otra para investigar los amaños en contratos de obra pública que, en muchos casos, involucran también a Santos Cerdán. La primera pieza está tan avanzada que el juez ya ha acordado enviarla a juicio, mientras la investigación sobre las adjudicaciones a dedo de contratos de obra pública es más incipiente.

El 3 de noviembre, Puente dictó un auto de procesamiento en el que propuso enjuiciar a Ábalos, Koldo García y Víctor de Aldama por su implicación en el amaño de contratos de compraventa de material sanitario durante la pandemia. Después, la Fiscalía Anticorrupción y las acusaciones populares dictaron sus escritos de acusación.

En el suyo, el fiscal Alejandro Luzón atribuye a José Luis Ábalos un delito de organización criminal, otro cohecho continuado, un tercero de uso de información privilegiada, dos de tráfico de influencias y uno de malversación. Solicita condenarle a 24 años de prisión y al pago de multas superiores a 3,75 millones de euros.

A Koldo García le atribuye organización criminal, uso de información privilegiada, dos delitos de tráfico de influencias y otro de malversación. La petición de condena asciende a 19 años y medio de cárcel. La solicitud de las acusaciones es aún más dura: 30 años para Ábalos y Koldo García, a quienes atribuyen 14 delitos.

Por Admins

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